El Gobierno y Emakunde firman un convenio para prevenir y eliminar situaciones de discriminación en las empresas (Consejo de Gobierno 09-02-2016).

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El Gobierno Vasco ha autorizado hoy al Departamento de Empleo y Políticas Sociales a que suscriba un convenio de colaboración entre la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y Emakunde – Instituto Vasco de la Mujer para promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y prevenir o eliminar situaciones de discriminación por razón de sexo en las empresas de la comunidad autónoma de Euskadi.

Como titular de la Inspección de Trabajo, el Departamento que dirige Ángel Toña y Emakunde firmarán el convenio en próximas fechas para coordinarse e impulsar medidas y acciones para la investigación y el seguimiento del cumplimiento de la normativa laboral antidiscriminatoria y para fomentar acciones coordinadas que permitan que las intervenciones de los poderes públicos sean más eficaces. Titulares de ambas partes además se reunirán al menos una vez al año mientras el convenio siga vigente.

Fruto de este acuerdo, se impulsarán tres tipos de acciones:

   –     Actividades para promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en las empresas y divulgar la existencia de buenas prácticas y, en particular, de protocolos contra el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.

   –     Acciones para fomentar la elaboración de planes de igualdad en las empresas vascas.

   –     Y actuaciones de control, vigilancia e investigación de situaciones de incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y acciones de exigencia de responsabilidad.

Además y con el mismo objetivo, Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer y el Departamento de Empleo y Políticas Sociales, a través de la Inspección de Trabajo, organizarán conjuntamente jornadas divulgativas, sobre: planes de igualdad, la igualdad de trato en la negociación colectiva, la conciliación de la vida personal, familiar y profesional, la protección ante situaciones de riesgo durante el embarazo y el acoso sexual y/o el acoso por razón de sexo. Ambas partes también podrán colaborar en la realización y promoción de estudios, publicaciones y guías de buenas prácticas.

En las actuaciones consistentes en la vigilancia e investigación de situaciones de incumplimiento de la normativa en materia de igualdad en el ámbito laboral, el convenio aporta herramientas para garantizar el cumplimiento en el seno de las empresas de la normativa en materia de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y concretamente de:

   –  La normativa en materia de planes de igualdad,

   –  La protección de la salud y la seguridad de las mujeres en la maternidad, embarazo y lactancia,

   –  la correcta aplicación de la normativa sobre reducción de jornada y demás normativa para conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y en particular para el cuidado de hijas e hijos.

   –  la prohibición de discriminación por razón de sexo en el acceso al empleo, la clasificación profesional, la promoción y la formación profesional.

   –  la prohibición de discriminación salarial entre mujeres y hombres.

   –  la actuación ante situaciones de acoso sexual y acoso por razón de sexo, en el ámbito laboral.

En estas actuaciones cada institución ejercerá sus competencias propias, y podrá recabar de la otra la asistencia técnica o la información necesaria para su función, garantizando, en su caso, el deber de confidencialidad.

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